Sobre la salud en nueva Constitución, no hay duda que la demanda por mejor atención en salud es una de las máximas prioridades en Chile. Aparece sistemáticamente entre las tres principales preocupaciones de la ciudadanía en todas las encuestas.
Más aún, la salud en nueva constitución estuvo en el corazón del estallido social, generando que incluso un controvertido candidato constitucional utilizara esta demanda social en su campaña, para luego saberse que mentía sobre sus diagnósticos de cáncer.
El problema es que cada vez que un diagnóstico negativo en salud llega a una familia chilena, a la angustia respecto a la posibilidad de ser atendido oportunamente se suma la angustia de la ruina financiera que puede implicar una enfermedad prolongada o medicamentos sin cobertura en los seguros.
En el corazón de este problema se encuentra la parálisis legislativa originada por la Constitución de 1980, que ha impedido que se realicen reformas tan necesarias como urgentes.
Esto ha hecho que la última reforma estructural, el AUGE, ocurriera hace ya casi 20 años. Desde entonces, ha sucedido poco y nada.
¿Permitirá la Nueva Constitución avanzar en reformas estructurales y lograr un mejor sistema de salud? Veamos. El texto establece algunos conceptos generales como el “derecho a la salud y bienestar integral”, sumando además la equidad, eficacia y oportunidad.
Al mismo tiempo, incorpora una visión más amplia y realista de la salud, planteando la necesidad de considerar el derecho a la salud en el contexto de los determinantes sociales de las enfermedades, o sea, atacar las causas estructurales detrás de la enfermedad.
Y es que si alguien tiene diarrea o una neumonía no se debe siempre a un problema de falta de atención hospitalaria.
Las condiciones materiales de vivienda y acceso a servicios básicos, los “determinantes sociales” de las enfermedades, pueden ser aproximadamente 70% de las causas detrás de un problema de salud. Actuar sobre esos elementos de manera preventiva es tanto o más relevante para la salud que tener buenos consultorios u hospitales.
El nuevo texto propone además la creación de un “Sistema Nacional de Salud, de carácter universal, público e integrado”, compuesto por “prestadores públicos y privados”.
Esto en la práctica, “constitucionaliza” algo que ha sucedido durante toda la pandemia: la exitosa gestión de camas críticas, donde los pacientes fueron atendidos en el sistema público o privado, priorizando la atención oportuna donde hubiera una cama disponible, sin importar el tipo de seguro del beneficiario.
Se establece además en el texto que el sistema de salud será financiado “a través de las rentas generales de la nación”. Adicionalmente, la ley podrá establecer el cobro obligatorio de cotizaciones a empleadoras, empleadores, trabajadoras y trabajadores con el solo objeto de aportar solidariamente al financiamiento de este sistema. La ley determinará el órgano público encargado de la administración del conjunto de los fondos de este sistema”.
Esta propuesta ya había sido recomendada antes por diversas instituciones, como el Banco Mundial y la Universidad Católica. Es decir, todas las cotizaciones (el 7% de cada contrato de trabajo destinado a salud) irían a un fondo común. La propuesta no hace desaparecer las isapre, sino que cambia su rol.
Si bien ahora no podrán ser receptores directos del 7%, la nueva Constitución permitiría que Chile adopte un sistema de seguro único (estilo Canadá o Australia) o un sistema de seguros sociales como el alemán, donde el nuevo fondo universal asigne recursos según la edad o riesgo de enfermedad de cada afiliado.
En ambos casos las isapre podrían convertirse en seguros complementarios.
Algunos elementos que generan dudas son la mención específica a ciertas enfermedades. Por ejemplo, la obligación de mantener programas de salud mental y “aumentar progresivamente su presupuesto”. En qué enfermedad se gasta y cuánto aumenta el presupuesto no debería ser objeto de la Constitución.
Las necesidades sanitarias varían año a año y la asignación debe realizarse con criterios técnicos. Enfermedades que en una época fueron muy importantes, han dejado de serlo (y pueden volver en el futuro).
Estas rigideces no son necesarias si tenemos un sistema de salud enfocado en la solidaridad y las urgencias del país.
En conclusión, el borrador de la nueva Constitución en salud establece pilares adecuados para crear un sistema de seguridad social que respete la diversidad de prestadores públicos y privados.
Sin embargo, es importante recordar que la salud de las personas depende en gran parte de políticas públicas como vivienda, transporte y medio ambiente, entre otras.
Las estadísticas son muy decidoras al respecto: sectores que históricamente han sido postergados en representación política, en Chile y en el mundo, desde los afroamericanos en EE.UU. hasta los pueblos originarios en diversos territorios, padecen usualmente peores estándares de salud, los cuales persisten, dada la baja capacidad de poder influir justamente en las decisiones cruciales en políticas públicas en vivienda, o polución del medio ambiente, que más los afectan, entre otras.
De este modo, que la nueva Constitución logre efectivamente mejorar la salud de las personas dependerá de su capacidad para empoderar a estos sectores históricamente postergados, logrando al mismo tiempo la unidad del país en un contexto de estabilidad política y social.
Si la Constitución no logra eso, el sólo reconocimiento de los derechos sociales, logrará poco y nada.
Por Juan Carlos Said, Médico internista Universidad Cátólica, Fundación América Transparente
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